viernes, 29 de mayo de 2009

Los Jueces y las uniones homosexuales


El Consejo General de Poder Judicial ha determinado que los jueces del Registro Civil no pueden objetar en relación a los matrimonios entre homosexuales. Dicha resolución viene dada tras la polémica surgida en la localidad de Denia, tras la oposición a celebrar un matrimonio entre dos personas del mismo sexo por la juez Laura Alabau.


Quizás convendría señalar que quien siembra vientos recoge tempestades.... Sólo habría bastado con denominar estas uniones de otra forma, "uniones de hecho" que ( sin discriminación alguna) equiparara en la medida de la situación en derechos y obligaciones a este u otro tipo de relaciones. Así pues, con ello sigue habiendo discriminación patente ¿ por qué no puede obtener una pensión de "viudedad" una mujer que ha vivido con su hermana ( ambas solteras) toda la vida y esta fallece?, quizás esto no es políticamente rentable.

jueves, 28 de mayo de 2009

El Pagaré


Comenzando con un hilo de post relativos al mundo del derecho inmobiliario, y con la esperanza de que os pueda servir de algo o resolver dudas sobre qué hacer si te devuelven un pagaré, vamos a introducirnos en el maravilloso mundo del pagaré, el cheque y la letra de cambio. ¿por qué este tema? Os lo explico, ayer hablando con un cliente ( empresario de la construcción) me comentaba que no había podido endosar un pagaré a un proveedor, porque el pagaré era "no a la orden" y para más problemas, estaba cruzado. Después de una conversación agitada por el enfado que tenía este Sr. y tras dejar a un lado su orgullo de "empresario de más de 20 años en este mundo" se atrevió a preguntarme lo siguiente " bueno Domingo y ¿que significa todo esto?¿ por´qué no puedo endosarlo?. Pues bien por esa razón y dado que el pagaré "esta de moda" por sus continuas devoluciones, me lanzo a la piscina para aquellos que no se atreven a preguntar este tipo de cosas.

Es común en el mundo de la construcción y en el inmobiliario en general, que los pagos por certificaciones obras, pagos a profesionales ( arquitectos, aparejadores etc..) e incluso las cantidades a cuenta que se entregan por parte de los compradores de las viviendas a los promotores, se hagan por este tipo de papel. ¿ que es un pagaré? ¿ en qué se diferencia de la letra de cambio y el cheque?

El pagaré es un documento que consiste en la promesa pura y simple de pagar una determinada cantidad de dinero a su legítimo tenedor ( acreedor) en el futuro. Así pues la principal diferencia con respecto del cheque es que en el caso del pagaré en el momento de su emisión queda determinada la fecha a partir de la cual se podrá hacer efectivo su cobro, siendo el cheque, de cobro inmediato.
Tipos de pagarés:

En ocasiones habréis escuchado a algún amigo decir que " me pagaron con un pagaré a la orden y se lo endosé a...." algunos seguramente os habréis quedado con cara de poker y pensando que os habla en chino, pues bien, el pagaré tiene varias formas de emitirlo, a saber:

1) A la orden: En este caso se designa un titular del derecho de crédito, que podrá transmitir por endoso dicho pagaré para a su vez abonarle, por ejemplo, los servicios prestados por un tercero.

2) Nominativos a la orden o no a la orden: Operan igual que el anterior con la excepción que en el caso de no a la orden, el pagaré no puede ser endosado a un tercero.

3) Sin vencimiento: Estos operan como un cheque, es decir, pueden ser cobrados desde el mismo día de la emisión del pagaré.
4) Para abonar en cuenta, incluyen una cláusula en su anverso donde se indica que para su cobro se deberán abonar en cuenta.

5)Cruzados, presentan dos líneas paralelas en el anverso.En este caso el pagaré tan sólo podrá ser cobrado por el legítimo tenedor mediante abono en cuenta, sólo en el caso de que sea cliente de la entidad librada, podrá cobrarlo por ventanilla.
a) Cruzado general, entre las dos líneas no se especifica el nombre de ninguna entidad financiera por lo que podrá ser cobrado mediante abono en cuenta en cualquier entidad bancaria.

b) Cruzado especial, en este caso entre ambas barras aparece la identificación de una entidad financiera de tal modo que el pagaré deberá ser cobrado mediante abono en una cuenta de dicha entidad.

Con esta introducción espero que os haya resuelto algo. En breve os pondré al día sobre como poder reclamar en caso de impago de pagarés.




























miércoles, 27 de mayo de 2009

Garzón imputado: Por fin vigilan al vigilante


La Sala Segunda del Tribunal Supremo, ha admitido a trámite una querella por prevaricación contra el tan afamado Juez Baltasar Garzón. Textualmente dice así " por un delito de prevaricación palmario, premeditado, consciente y creyendose impune".

Es triste que el primer articulo que escribo el el blog sea que imputan a un Juez por prevaricar. ¿ qué es prevaricar? pues os lo explico: La prevaricación es una figura jurídica que está regulada por el Código penal en su Art. 446, y no es más que un juez o funcionario público dicte una resolución de cualquier tipo a sabiendas que esta mal.

Ya conocemos a este Juez más por la prensa rosa que por su intervención decidida en pos de la Justicia. Más dedicado a saber si Franco ha muerto o a investigar a los habitantes de Laponia por presuntos delitos contra el cangrejo hermitaño que a preocuparse por los asuntos que nos atañen en España. "Narcos voladores" y otros indeseables rezaban por que fuera Garzón quen llevara la instrucción de sus trapicheos. En fin a ver como acaba este nuevo culebrón Garzonista.

Me presento


Hay una sevillana que dice: " soy de Sevilla......" pues eso. Abogado de profesión y por vocación, aficionado a que se hagan bien las cosas sea cual sea ( no me gustan las chapuzas) y sobre todo amante del Derecho.

En los tiempos que corren, estar informados de la Ley es algo vital, entre otras cosas por lo cambiantes que son y por evitar aquello de " el desconocimiento de las normas no exime de su cumplimiento" El espiritu con el que nace esta pequeña ventana virtual es el de mantenerse informado de la actualidad jurídica española e internacional, en la medida que nos afecta al ciudadano de a pie. Un despacho en el que no tendreis que pedir cita previa ni os atenderá una amable señorita que os dirá que "el Sr. ... está ocupado ¿ le dejo nota? ". Pues no. Vamos a intentar participar todos, pues el sentido de este blog es que todos aprendamos ( yo el primero) como defendernos ante las injusticias que hay hoy en día en España.

Centrados quizas más en el mundo inmobiliario, trataremos temas tan diversos como "las herecias: ese maravilloso mundo de peleas famliares" " el expediente de dominio: ¿que es?" o " ¿que es una clausula resolutoria en un contrato de compraventa de vivienda" en fin que tocaremos todos los temas.

Espero veros y gracias por adelantado.