lunes, 8 de junio de 2009

Agentes de la Edificación (3): El Proyectista


La Ley de Ordenación de la Edificación , por primera vez en nuestro ordenamiento jurídico privado, regula los derechos y obligaciones del Proyectista, que tenían difícil encaje en la responsabilidad decenal del artículo 1591 del Código Civil.
El proyectista es "el agente que, por encargo del promotor y con sujeción a la normativa técnica y urbanística correspondiente, redacta el proyecto." (art. 10-1).
Sin embargo, la Ley acoge un concepto más amplio que el de aquél que redacta el proyecto, al admitir la posibilidad de que otras personas complementen el proyecto o redacten parte del mismo, como se desprende de lo preceptuado en los párrafos 2 y 3 del número 1 del art. 10, al disponer:
"Podrán redactar proyectos parciales del proyecto o partes que lo complementen, otros técnicos, de forma coordinada con el autor de éste."
"Cuando el Proyecto se desarrolle o complete mediante proyectos parciales u otros documentos técnicos según lo previsto en el apartado 2 del artículo 4 de esta Ley, cada proyectista asumirá la titularidad de su proyecto".
Pueden ser Proyectistas las personas físicas o jurídicas; y en cuanto a su titulación académica y profesional pueden serlo los Arquitectos, Arquitectos Técnicos, Ingenieros o Ingenieros Técnicos. Sin embargo, la Ley establece limitaciones según los tipos de edificios que se vayan a construir (vid. art. 10-2 y artículo 1, apartados 2 y 3).

1 comentario:

  1. No viene al caso, pero tengo una duda que me surge. Hace unos dias pregunté por un piso en alquiler, indagando me entero que la persona que me coge el teléfono es el hijo del dueño, y por gestionar la operación ( vamos por coger el teléfono ) pide una mensualidad.
    De que modo puede evitarse una negligencia de este tipo, y no opinas que es como el inicio que tuvimos con la venta de viviendas y las comisiones súper elevadas, que pedian los intermediarios y que se han hecho millonarios de la noche a la mañana? y asi nos estamos viendo hoy por hoy?
    Un saludo y gracias de antemano.

    Javier Fenández Zabala.

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